Obtén tu Ciudadanía Italiana por Vía Judicial
Existen dos casos en los cuales puedes proceder a la Vía Judicial:
Ciudadanía por Vía Materna: Este caso se presenta cuando en la línea de descendencia italiana iure sanguinis se encuentra una mujer (italiana o descendiente de italianos) que junto con un extranjero haya tenido un/a hijo/a nacido antes del 1 de enero de 1948. Cuando se presenta esta condición, la vía judicial es la única forma válida para obtener la ciudadanía italiana.
Ciudadanía por Falta de Turno: En ciertos países como Argentina, Brasil y EE. UU., los consulados italianos experimentan retrasos administrativos significativos, lo que lleva a largos tiempos de espera o incluso la falta de turnos para aquellos interesados en obtener el reconocimiento de la ciudadanía. Si demuestras la grave demora o la falta de disponibilidad de turnos en el consulado, puedes solicitar el reconocimiento de la ciudadanía por vía judicial. Este tipo de juicio es cada vez más común y suele culminar con éxito en los tribunales italianos.

Documentación necesaria:
La documentación requerida para la vía judicial es la misma que se presenta para la vía administrativa. Esta incluye la documentación desde el emigrado hasta el último interesado, sin saltos generacionales, y cumpliendo con todos los requisitos legales. ¿No sabes cómo obtener la documentación o armar tu carpeta? Estamos para ayudarte con personal capacitado para realizar revisión y control de carpetas, búsqueda de actas o actualización.
¿Qué ofrecemos?
Asesoramiento legal con nuestros abogados especializados en las distintas ETAPAS DEL JUICIO:
Redacción dell’Atto di Citazione (Demanda) con todos los documentos adjuntos en original (Legalizados, Apostillados y Traducidos);
– Notificación all’Ministero dell’Interno;
– Fijación de la Fecha de la Primera Audiencia ;
– Audiencia/s;
– Copia Ejecutiva de la Sentencia.
Una vez terminado el juicio entregamos al cliente la Sentencia definitiva, y brindamos el servicio adicional (incluido) en donde notificamos la sentencia al Ministero dell’Interno y al Ministerio Publico (30 días), de no mediar oposición (Apelo), solicitamos al Tribunal el Certificado del Passaggio in Giudicato (Certificado de Cosa Juzgada) de la sentencia la cual queda firme con todos sus efectos legales. De esta forma el cliente evita el plazo establecido por ley de hasta 6 meses para que la sentencia quede firme (in giudicato).
Una vez que la sentencia se encuentre firme, la persona que fue reconocida ciudadana italiana deberá solicitar la transcripción de la sentencia:
Si reside en Italia: deberá acercarse al comune de residencia para la transcripción y la inscripción anagrafica.